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Legislador propone una ley que afecta a los deudores alimentarios

Se trata del Legislador Porteño Juan Manuel Valdés, que presentó un proyecto que afecta de manera individual a los deudores de las cuotas de alimentos.

Según el proyecto de ley presentado por Valdés en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, aquellos padres que adeuden la cuota alimentaria de sus hijos, no podrán ir a recitales, partidos de fútbol, teatro, conciertos y salas de cine.

En este sentido Juan Manuel Vadés propuso la “Tarjeta Roja a deudores alimentarios”, y lo explicó a través de un video en su cuenta de X. “Tres de cada cuatro mujeres que están separadas no reciben los alimentos necesarios para mantener a sus hijos e hijas. Por eso ideamos una herramienta que agilice los tiempos del Poder Judicial y que haya una condena social efectiva a todo aquel que no cumple con las obligaciones del padre que le corresponde”, explica el video.

Y agrega que “Con nuestra ley, no podrían ingresar ni a la cancha, ni al teatro, ni al cine, ni a ningún recital. Quienes tengan deudas con las madres de sus hijos, si sos deudor alimentario, tomátelas”.

En tanto, uno de los artículos que quiere agrega el legislador a la ley 269, expresa que “El Gobierno de la Ciudad invitará a empresas e instituciones privadas con sede o que desarrollen su actividad en la Ciudad, a requerir informes al Registro según lo prescripto en la presente ley. Las instituciones organizadoras de eventos deportivos y culturales pagos y de carácter masivo en la Ciudad deben disponer, a través de dispositivos tecnológicos, de controles de acceso que impidan la libre participación de personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios”.

Por otro lado, se dio a conocer el texto de los argumentos de la propuesta de Valdés, donde manifiesto que “los datos demuestran que el incumplimiento de los pagos en concepto de alimentos encuentran siempre la forma de subsistir y es por tal motivo que es necesario seguir construyendo herramientas que toquen fibras sensibles en los morosos”.

“En este sentido, lo que aquí se propone no es otra cosa que lo ya dispuesto en numerosos fallos judiciales a lo largo y a lo ancho del país: la prohibición de ingreso a eventos deportivos y culturales pagos y masivos a las personas inscriptas en el Registro creado por Ley 269″, explican los fundamentos del artículo.

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